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lunes, 18 de agosto de 2008

nuevo portal de pisos de particular a particular

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Tú, como parte vendedora, tienes que ir al Ayuntamiento y pagar la PLUSVALÍA DE LA VIVIENDA (varía de una ciudad a otra, y no tiene un valor fijo). Llevar al Notario una Copia simple de la Escritura de la casa que vas a vender (una fotocopia de la escritura). OJO no entregues el ORIGINAL, de ninguna de las maneras, antes de recibir el dinero. Si te van a pagar en efectivo (dinero negro) y a un precio menor que el de mercado; hazles un recibo por la cantidad recibida en "negro" y el resto, si te lo pagan con un talón de "su cuenta bancaría" exige que sea un "TALON CONFORMADO"; si es del mismo banco, no es necesario ya que lo puedes ingresar en el acto y te transfieren la cantidad total a tu c.c.
El Comprador, tiene que pagar los gastos de Notaría; el IUmpuesto Bienes Inmuebles (esto a tí te es igual. Hacienda les reclamará); pero que sepas que son por su parte. Que hay mucho listo
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